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¿Qué hacemos bien y mal cuando circulamos en una rotonda?


Enriquecimiento injusto


Primera sentencia en contra de la teoría del "enriquecimiento injusto", que impedía cobrar indemnizaciones de las aseguradoras


Según informa EuroSiniestro, empresa especializada en el ámbito asegurador, la doctrina del enriquecimiento injusto "se basa en la falsa teoría de que si el valor de reparación del vehículo siniestrado es muy superior al valor que tenía en el mercado en el momento del accidente, pagarla íntegramente resultaría una operación antieconómica para la aseguradora e injustamente beneficiosa para el asegurado".
Sin embargo, la sede en Vigo de la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de sentar precedente hasta ahora inédito en España, obligando a la aseguradora Mapfre a abonar la práctica totalidad del importe de la reparación de un vehículo siniestrado, argumentando que no puede existir enriquecimiento del asegurado al existir la contraprestación del pago de la prima durante toda la vida del contrato.
En caso concreto es el de un usuario que sufrió una colisión y tenía contratado con la compañía Mapfre un seguro con cobertura de daños propios con franquicia de 600 euros. Los daños del automóvil fueron reparados por un importe de 6.913 euros, por lo que se reclamó a la aseguradora el pago de 6.613 euros, una vez descontada la franquicia. Sin embargo, el informe del perito estableció que el valor de mercado del turismo en el momento del accidente era de 2.500 euros. En consecuencia, la aseguradora ofrecía a su cliente una indemnización por 1.500 euros, casi cinco veces menos del coste de la reparación.
Tras la denuncia, y el fallo a favor del asegurado, condenando a Mapfre a abonar la práctica totalidad de la reparación (5.682,28 €), esta aseguradora presentó un recurso amparándose en la citada teoría del enriquecimiento injusto. Dicho recurso ha sido desestimando por el juez, argumentando que:
"habría enriquecimiento indebido (…) si por el lógico y progresivo desgaste del vehículo, el asegurado gozase de una paulatina reducción de la prima ordinaria (…) Pero si el tomador está pagando la misma prima de seguro, de limitarse la indemnización al valor de mercado del vehículo asegurado, habría una evidente falta de correspondencia entre el interés asegurado y aquella prima, y a la postre, un palmario enriquecimiento de la compañía de seguros".
En concreto, el asegurado en cuestión venía pagando una prima por su seguro de 905,94 euros anuales. Si, de acuerdo con la aseguradora, el objeto a indemnizar tenía un valor de 1.500 euros, el importe de la prima que le estaba cobrando a su cliente era, cada año, más del 50% del valor de su vehículo.
La tesis ahora refrendada por la Audiencia de Pontevedra defiende que "es falso que se produzca un enriquecimiento injusto a costa de la aseguradora cuando el cliente solicita que se le abone la reparación del daño de su vehículo".
"Al contrario, lo que viene produciéndose es un injusto y antisocial enriquecimiento de las aseguradoras a costa de los asegurados", "esperamos que esta resolución de la Audiencia de Pontevedra siente un precedente, hasta el punto de que desaparezca de una vez esta doctrina, de la que han venido abusando las compañías de seguros en España para privar de justas indemnizaciones a los ciudadanos".

Aprenda a rellenar un parte amistoso de accidente


Esperemos que no tenga que hacerlo nunca, pero si un día sufre un percance con el coche, sea este suyo o de la empresa, aprenda a salir airoso del papeleo y no forme parte de ese 96% de conductores que no sabe rellenar correctamente un parte amistoso de accidentes, según Arval, compañía especializada en soluciones de movilidad del grupo BNP Paribas. En realidad, es mucho más sencillo de lo que parece. Solo hay que tener en cuenta varios aspectos:


¿Hay implicado otro vehículo? Si el accidente es sin contrario no es necesario realizar declaración de daños por escrito. Si en cambio hay otro u otros coches afectados, se tenga o no razón, el conductor debe tomar nota de los datos del resto de vehículos involucrados (matrícula, modelo, compañía de seguros, nombre y teléfono) y ambas partes han de estar de acuerdo en la versión del choque.



Mantenga la calma y trate de no discutir. En estas situaciones de tensión, Arval recomienda evitar cualquier rifirrafe con los conductores de los vehículos implicados. En el caso de que no exista acuerdo, solicite nombre y contacto de un testigo o la presencia de las autoridades, situación que debe quedar reflejada en el parte.


La importancia del croquis. En el parte amistoso hay un espacio especialmente destinado para que pueda dibujar un esquema -no es necesario ser un artista- de cómo se han producido los hechos. No dude en incluir cualquier detalle que pueda ayudar a plasmar lo ocurrido. 

Afectados. Recuerda rellenar siempre el apartado destinado a víctimas con los datos de todos los afectados, incluyendo también a los aparentemente más leves.


Responsabilidad. Es importante tener claro que firmar la declaración de siniestro no implica asumir responsabilidades, pero sí facilita la solución amistosa de cualquier reclamación. En cualquier caso, como no se puede modificar una vez separadas las dos copias del parte, si no se está seguro de alguno de los detalles reflejados no hay que dejarse llevar por la prisa porque, aunque conviene actuar con rapidez, dispone de siete días para comunicar el siniestro a la compañía aseguradora o, si es el caso, 24 horas a su compañía de renting.


Culpabilidad. Aunque usted crea no tener la culpa de lo sucedido, hay situaciones que no son favorables. Téngalo en cuenta a la hora de rellenar el parte. Arval menciona como uno de los casos más claros cuando se conduce marcha atrás: en caso de choque, siempre resultará culpable el coche que circula marcha atrás, aunque el otro coche salga, por ejemplo, de un parking sin mirar. Otra situación muy habitual es la del siniestro provocado por apertura de puertas. Si existe disparidad de versiones y ambos vehículos circulaban en paralelo, siempre pagará el pato el conductor que presente los daños en el lateral derecho del coche. Cuando se produzcan los daños por giro simultáneo de dos automóviles, será culpable el que presente los daños en el lateral derecho en caso de un giro a la derecha mientras que, por el contrario, en caso de giro a la izquierda, será el que presente los daños en el lateral izquierdo. Y por último, no se deje llevar por los nervios y antes de bajarse del coche recuerde, por su seguridad y para evitar una sanción... ¡ponerse el chaleco reflectante y señalizar el lugar del siniestro!

Fuente: Cinco Días

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